En nuestra cuenta de Tik Tok @patriavenhoy publicamos un video explicando por qué las empresas deben pagar el retroactivo del Cesta Ticket en Venezuela y esto generó una avalancha de preguntas de parte de nuestros seguidores.
Por esa razón elegimos las 7 preguntas más comunes y le dimos respuestas basándonos en la Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y las Trabajadoras, publicada el 23 de octubre del 2015 en la Gaceta Oficial No 40.773. Comencemos.
1.- ¿Quién cobra Cesta Tickets en Venezuela?
Según el artículo 2 de la Ley de Cesta Tickets en Venezuela, todas las entidades públicas y privadas ubicadas dentro del territorio nacional deben pagar el beneficio a sus trabajadores activos. Actualmente, el monto del beneficio es de US$40, pagados en bolívares y calculados a la tasa del BCV del día que se cobra.
Este monto no debe ser pagado en dinero en efectivo. Según la ley, debe ser entregado a través de una tarjeta especial para recibir el beneficio o por medio de una tiquera de papel que deberá ser aceptada en lugares donde vendan comida. Esto, con el fin de que no se desvirtúe el uso para otros fines.
Si trabajas en una empresa privada y no te pagan los Cesta Tickets, acude a la sede más cercana a la Inspectoría del Trabajo y pide una asesoría.
2.- ¿Cuántos empleados debe tener una empresa para pagar Cestaticket?
Según la normativa vigente, todas las entidades de trabajo tanto públicas como privadas deben pagar el beneficio de alimentación. La ley actual no habla del número exacto de empleados.
3.- Mi jefe dice qué me pagaron 1000 Bs. de Cesta Ticket porque así dice la Gaceta Oficial vigente, ¿Es cierto?
No, esta ha sido una mala interpretación de la normativa. La gaceta Gaceta Oficial Extraordinaria 6.476, contentiva del Decreto 4805 del 01 de mayo del 2023 establecía en su momento el valor de los Cesta Tickets en 1.000,00 Bs (39,46$ al cambio a tasa BCV).
Esto quiere decir, que si en el momento de publicación de la normativa, el monto de 1.000, 00 Bs era igual a 40 dólares, calculados a la tasa oficial del BCV; se interpreta que el monto a pagar a los trabajadores sea de 40 dólares por mes.
Sin embargo, hay que reconocer que la mala interpretación de la normativa viene como consecuencia de la redacción de la Gaceta, la cual dice que el:
Es por esta línea de redacción de la Gaceta Oficial que las empresas no han hecho el ajuste del monto. Ellos alegan que no han aumentado el Cesta Ticket porque el Ejecutivo nacional no lo ordenó, tal y como estaba publicado en la Gaceta 6.476.
Cabe destacar que para darle solución a esta controversia, la Consultoría Jurídica del Ministerio del Trabajo realizó varios dictámenes afirmando que las empresas debían pagar los Cesta Tickets con el ajuste mensual. Aquí le dejamos una imagen con el documento oficial.
4.- ¿Si una empresa paga un sueldo muy superior al mínimo legal establecido también deberían pagar la Cesta Tickets?
SÍ, de acuerdo con el artículo 2 de la ley, los Cesta Tickets en Venezuela deben ser entregado a todos los trabajadores sin distinción alguna por el sueldo que reciban.
Es decir, tanto el empleado que cobra 2.000 bolívares mensuales y el que cobra 20.000 bolívares mensuales deben recibir el beneficio de los Cesta Tickets en Venezuela.
5.- Si el trabajador fue retirado en enero de 2024, pero cobró mensualmente en el 2023 los 1.000 bolívares ¿le corresponde el retroactivo?
Sí, porque el empleador no pagó en su momento el valor completo del Cesta ticket, de modo que tiene una deuda con el trabajador. En caso de que la empresa se niegue a realizar el pago, el trabajador puede acudir a la Inspectoría del Trabajo para recibir asesoría.
6.- No me pagan Cesta Ticket porque me pagan en dólares ¿Es legal?
No es legal. Si la empresa donde trabajas está establecida en Venezuela deben pagarte los Cesta Tickets porque así está establecido en la ley.
Esto, independientemente de que te paguen tu sueldo con dólares, euros, yuanes, rubros, pesos o cualquier otra divisa.
7.- ¿Qué significa Cestaticket Indexado?
El término Cestiticket indexado en Venezuela se refiere a que todos los meses los empleadores deberán ajustar el monto del Bono de Alimentación a US$40, calculados a la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (BCV).
Aunque los funcionarios del Gobierno Nacional han utilizado el término en el discurso, la realidad es que en la Gaceta Oficial no se colocó la palabra específica «cestaticket indexado» y por esta razón, las empresas han alegado que no están obligadas a realizar la indexación.
Se espera que en los próximos días el Ejecutivo Nacional realice la publicación de la nueva Gaceta Oficial para lograr la solución y el pago del dinero adeudado a los trabajadores.
Periodista graduada en la UCSAR (Venezuela). En Patriaven escribe sobre tendencias, bonos, venapp, trámites y dinero.
tengo a bien de saludarles. mi pregunta en la empresa que labora fui retirado sin justa causa 2020, en inspetoria me dieron reenganche. la empresa esta en contumaz en desacato desde hace mas de 4 años si demando para que me paguen prestaciones sociales me corresponde el cesta tiket por todos los años mas los salarios caidos y todas las vacaciones sin disfrutar agradezco la respuesta
Hola, Joselo.
Debes acudir al Ministerio del Trabajo para que los funcionarios te indiquen exactamente cuáles son los pasivos laborales que te corresponderían, según el contrato que tienes con la empresa.
Te deseamos lo mejor y esperamos que puedas tener una solución satisfactoria en este caso.
Un saludo.
Hola saludos me retire de la empresa donde laboraba y el pago de cesta tikest no me la han cancelado en su totalidad desde el de agosto de 2023 y hasta la fecha no tengo respuesta de parte de la empresa..
Hola, José.
Te recomendamos que acudas a la sede más cercana de la Inspectoría del Trabajo con una carta explicando tu caso de forma descriptiva. Esperamos que logres una pronta solución al caso. Un saludo.
Quiero saber si los jubilados del mppe cobran cestatick porque el bono de guerra lo cobre normal como si estuviera activa y ahora no me salió la cesta
Hola, Senaida.
Te recomendamos acudir a la oficina de Gestión Humana de la institución donde laboraste para que hagas la pregunta. Ellos son quienes pueden responderte esta interrogante. Un saludo.
A mi me despidieron el 14 me corresponde cobrar cesta tickets??
Hola, Stephany.
Deben pagarte los días laborados del mes. Un saludo.
Entonces nos pagan más de sueldo mínimo en este caso 200$ al mes no los pagan en escala y de paso por ese motivo nos dicen que no hay tikes de alimentación siento que nos están estafando porque bien dice nadie trabaja por un sueldo mínimo no entendemos el motivo de que no nos paguen los tikes de alimentación
Hola nuevamente, Ana María.
Debes acudir a la sede más cercana de la Inspectoría del Trabajo y plantear tu caso. Lleva una carta con tu situación por escrito y los documentos que te acrediten como empleada de la empresa. Un saludo.
Porque ganamos 1814 bs no nos pagan el cestatike si eso es un deber de toda empresa pagar el tike de alimentación para todo empleado público o privado
Hola, Ana María. Toda empresa pública o privada debe pagar cesta tickets a sus trabajadores. La ley dice que debe ser pagado a todo trabajador sin importar el sueldo que perciba.
Hola. Donde trabajo no me pagan cestatickets porque segun el jefe me da una comida diaria. ¿es esto correcto o deberían pagarme los 40$ adicionales? y por otra parte, solo devengo 30$ quincenales, es decir, 60$ al mes pero un tribunal de menores me calculó el pago de manutención de 30% de mi salario en base a 100$ siendo que yo solo cobro 60, es decir, tomó en cuenta como si me pagaran cestatickets en dinero. ¿debería exigir el pago de cestatickets a mi jefe? este se niega diciendo que me da una comida. Saludos
Hola, Eduardo.
La Ley establece que la empresa no pagará los 40$ si ofrece a sus trabajadores un servicio de comedor o si entrega comida balanceada (debe ser comida de buena calidad).
Sin embargo, en tu caso que ya te han embargado el sueldo por manutención, te recomendamos que acudas a la Inspectoría del Trabajo para que revisen el monto de tu sueldo y te asesoren sobre lo que puedes hacer.
Acude con una carta por escrito explicando muy bien y de forma detallada el caso. Lleva toda la documentación adicional que pueda servir de evidencia.
Éxito. Un saludo.
ESTO NO SE APLICA DE LA MISMA MANERA CUANDO EL GOBIERNO DIJO QUE EL INCREMENTO DEL SALARIO MINIMO NACIONAL ERA DE MEDIO PETRO (30$) EN AQUELLA OPORTUNIDAD, PERO EN GACETA OFICIAL PUBLICARON 130 BS Y DE ESA MANERA QUEDO PARA SIEMPRE? TENGO DUDAS, PORQUE AHORA SI APLICAN LO QUE DICEN PERO NO LO QUE PUBLICAN Y ANTES NO.
Hola, en el caso de tu consulta específica tendríamos que consultar con un abogado especialista. Haremos la gestión de la consulta y en caso de tener una respuesta positiva estaremos respondiéndote. Un saludo.
Buenas tardes ,soy jubilada de la Administración Pública,pero actualmente me encuentro laborando para una empresa del estado en otra rama ,como instructora,cobro cesta tickets por ambos lados me pueden quitar el beneficio por la empresa dónde estoy activa, gracias
Hola, Zenaida.
No deberían quitarte ninguno de los cobros que recibes actualmente. En el caso de tu jubilación, no pueden eliminarlo porque es parte de los beneficios que recibes como jubilada de esa institución de la administración pública.
Y en el caso de tu nuevo empleo como instructora, estás realizando una labor como empleada activa y por eso te corresponde.
Un saludo.